Documentación del Sistema CAE: lo que necesitas saber
El Certificado de Ahorro Energético (CAE) es una herramienta clave en el ámbito de la eficiencia energética que permite acreditar y valorar las acciones que generan ahorros de energía final. Este sistema tiene como objetivo promover la implementación de medidas que optimicen el consumo energético, impulsando la transición hacia un modelo más sostenible y eficiente.
En este artículo hablaremos sobre la firma de documentos, la estructura del catálogo de medidas y el papel de los convenios y contratos privados.
¿Cómo se firman los documentos que se incluyen en una solicitud de emisión de CAE y Sistema de CA?
Todos los documentos relacionados con el
Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE)
deben ser firmados con firma electrónica cualificada basada en certificados reconocidos. Estos certificados deben ser emitidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación".
En el caso de documentos firmados en nombre de una empresa, es obligatorio utilizar un certificado digital de representación que incluya el NIF de la entidad, garantizando la representación legal de la persona firmante.
Importante: no se admitirán:
- Documentos modificados después de la firma.
- Firmas que no permitan verificar la identidad del firmante o su representación legal.
- Firmas realizadas mediante aplicaciones no reconocidas, como Docusign.
¿Cómo se deben firmar los Convenios CAE y contratos de cesión de ahorros?
Los Convenios CAE y los contratos privados de cesión de ahorros energéticos también deben firmarse con firma electrónica cualificada, siguiendo las normas anteriores. Sin embargo, hay excepciones:
En este artículo hablaremos sobre la firma de documentos, la estructura del catálogo de medidas y el papel de los convenios y contratos privados.
1. Personas físicas no dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA):
- a. Pueden firmar el convenio o contrato con firma manuscrita o cualquier otro medio válido en derecho que permita identificar al firmante.
- b. Todas las partes deben firmar de la misma manera.
2. Comunidades de propietarios:
- a. El presidente de la comunidad debe firmar con firma electrónica cualificada.
- b. Si utiliza su certificado personal en lugar del certificado de representación de la comunidad, se deberá adjuntar el acta de la reunión vecinal donde se le designó presidente.
- c. A partir del 15 de diciembre de 2024, no se aceptarán firmas sin certificado digital.
¿Qué es el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética?
El catálogo de medidas estandarizadas es una recopilación de fichas técnicas que describen acciones de ahorro energético replicables. Ejecutar una de estas medidas permite solicitar la emisión de un Certificado de Ahorro Energético (CAE).
Este catálogo se actualiza periódicamente para incorporar mejoras tecnológicas y nuevas medidas de eficiencia energética.
¿Dónde se puede consultar el catálogo de medidas estandarizadas?
El catálogo está disponible en:
- La plataforma electrónica del Sistema CAE (en desarrollo).
- El portal del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
¿Cómo está estructurado el catálogo?
Está organizado por sectores de actividad económica. Cada ficha técnica contiene la información necesaria para ejecutar y justificar una medida de
eficiencia energética.
¿Se pueden usar fichas en sectores diferentes a los indicados?
Sí. La clasificación sectorial es solo para facilitar el análisis estadístico. Puedes utilizar cualquier ficha para justificar una medida de ahorro energético, aunque no pertenezca al sector en el que se haya ejecutado.
¿Es posible solicitar CAE con medidas que no están en el catálogo?
Sí. Las actuaciones de ahorro de energía que no estén en el catálogo pueden tramitarse como actuaciones singulares.
¿Cómo proponer nuevas fichas para el catálogo?
Puedes enviar propuestas de nuevas fichas o modificaciones a través de los canales publicados en el portal del Ministerio, en la sección Sistema de Certificados de Ahorro Energético.
¿Qué es el Convenio CAE?
El Convenio CAE es un acuerdo entre el propietario del ahorro energético y un sujeto obligado o delegado. En este convenio, el propietario cede el ahorro energético al sujeto obligado/delegado a cambio de una contraprestación económica o equivalente.
Este acuerdo permite al sujeto obligado o delegado solicitar la emisión del CAE.
¿Existe un modelo oficial de convenio CAE?
Sí, en el portal del Ministerio para la Transición Ecológica está disponible un
modelo de convenio CAE,
aunque su uso no es obligatorio. Las partes pueden adaptarlo según sus necesidades.
¿Debe firmar un convenio CAE un SO o SD que sea propietario del ahorro?
No, no es necesario.
¿Puede haber intermediarios entre el propietario inicial y el solicitante de los CAE?
Sí, puede haber intermediarios, como empresas instaladoras, que obtengan la titularidad de los ahorros y la transfieran al sujeto obligado o delegado. En estos casos, deben garantizarse la trazabilidad de los ahorros y la contraprestación al propietario original.
Desde el 15 de diciembre de 2024, solo podrá haber un intermediario entre el propietario original y el solicitante final del CAE. Los contratos de cesión y convenios CAE firmados deben adjuntarse en las solicitudes para asegurar esta trazabilidad.
¿Qué es un contrato privado de cesión de ahorros?
Es un acuerdo mediante el cual el propietario original del ahorro energético transfiere su titularidad a otra parte, como un intermediario o un sujeto obligado/delegado. Este contrato debe garantizar la contraprestación al propietario original y la trazabilidad de los ahorros hasta llegar al solicitante final de los CAE.
¿Es lo mismo un convenio CAE que un contrato privado de cesión de ahorros?
Casi. Aunque ambos tienen el mismo objetivo (transferir la titularidad de los ahorros):
- Convenio CAE: se firma entre el propietario y un sujeto obligado o delegado.
- Contrato privado de cesión: se firma entre el propietario y un intermediario (ni sujeto obligado ni delegado).
¿Cómo debe recogerse la contraprestación en estos acuerdos?
La contraprestación debe estar claramente definida:
- Si es pecuniaria, se debe expresar en euros por kWh (€/kWh).
- Si no es pecuniaria, debe especificarse su valor económico equivalente en €/kWh.
No se aceptarán acuerdos donde la contraprestación dependa de hechos hipotéticos después de la certificación.
¿Qué es un contrato de delegación?
Es un acuerdo entre un sujeto obligado y un sujeto delegado. El sujeto delegado se compromete a obtener y liquidar CAE en nombre del sujeto obligado.
Claves del contrato de delegación:
- El sujeto delegado no asume la obligación anual del sujeto obligado.
- Debe incluirse una cláusula que garantice que la obligación sigue correspondiendo al sujeto obligado.
¿Qué sucede si se incumplen los compromisos del contrato de delegación?
En caso de incumplimiento, las obligaciones recaerán nuevamente sobre el sujeto obligado. El incumplimiento no exime de responsabilidades legales derivadas del contrato.
Si tienes dudas o necesitas más información sobre el Sistema CAE,
consúltanos a DEKRA Certificación.